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546,196 artículos
Año:
2022
ISSN:
1989-4570
Castellanos Ruiz, María José
Área de Derecho Internacional Privado - Universidad Carlos III de Madrid
Resumen
En la Sentencia de 11 noviembre 2020, Ellmes Property Services Limited c. SP, C-433/19, el TJUE determina la competencia para conocer de una demanda presentada con arreglo al Derecho austriaco, por la que el propietario de un bien en régimen de propiedad horizontal exige a otro que cese de utilizar con fines turísticos su apartamento sujeto al régimen de propiedad horizontal alegando que los estatutos de la comunidad de propietarios no autorizan tal uso. El órgano jurisdiccional remitente señala que esta demanda puede estar comprendida en el ámbito de aplicación de dos reglas de competencia recogidas en el Reglamento Bruselas I-bis: la que establece la competencia exclusiva en materia de derechos reales inmobiliarios de los órganos jurisdiccionales del Estado miembro donde el inmueble se encuentre situado y la que establece la competencia alternativa en materia contractual del órgano jurisdiccional del lugar en el que se haya cumplido o deba cumplirse la obligación.
El momento en el que se ha planteado la presente disyuntiva es muy oportuno. El crecimiento de apartamentos turísticos es una realidad, que ha provocado la necesidad de responder a cuestiones como las planteadas en este asunto. Esto ha ocasionado que en ciudades donde se ha producido un incremento exponencial de los conocidos como alquileres vacacionales se haya tenido que regular por los Estados, a través, tanto de las normativas sectoriales turísticas, como de las Leyes de Propiedad Horizontal.
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Año:
2022
ISSN:
1989-4570
Álvarez Agoués, Laura
Área de Derecho Internacional Privado - Universidad Carlos III de Madrid
Resumen
The Order of the Supreme Court correctly resolves the negative conflict of jurisdiction raised between a court in Bilbao and another in Santoña, in relation to the request for exequatur of a judicial decision issued originally by a US court. The legal basis of the Supreme Court Order is correct when selecting the internal regulatory block (Law 20/2015, of July 30, on International Legal Cooperation in Civil Matters) as the legal channel through which to resolve such request, when proceeding the judicial decision of the courts of a third State (in this case, the US) that is not a member of the EU, nor with which there is a multilateral or bilateral agreement applicable to the case.
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Año:
2022
ISSN:
1989-4570
Antón Juárez , Isabel
Área de Derecho Internacional Privado - Universidad Carlos III de Madrid
Resumen
The mobility of people today is an incipient reality. There are many married couples in Europe who live in different countries during the week but meet again at the weekend. However, the distance takes its toll in the long run and divorce always lurks. But when this happens, there is always a question to be resolved and that is which court is going to hear the divorce. To answer this question, the star aspect to determine is the habitual residence of the spouses. The purpose of this paper is the analysis of the ECJ resolution of 25 November 25 of 2021. It is a novel and important resolution for European private international family law. Novel because in it the CJEU treats for the first time the concept of habitual residence of the spouses by virtue of art. 3.1.a) of Regulation 2201/2003. Important because it allows reflection on aspects that have a significant practical application, such as the configuration of the forums of the 3.1 or the proper concept of habitual residence of the spouse, which not only has an impact on this Regulation 2201/2001 but also on all those who deal with the different consequences of the divorce.
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Año:
2022
ISSN:
1989-4570
Carrillo Pozo, Luis F.
Área de Derecho Internacional Privado - Universidad Carlos III de Madrid
Resumen
The Russian and Spanish versions of Article 22.1 of the 1990 Convention between the Kingdom of Spain and the Union of Soviet Socialist Republics on Mutual Assistance in Civil Matters say different things about the organization of the exequatur procedure. It is very difficult for a court to depart from the letter of the rule, of course, but the truth is that what the BOE publishes is meaningless, it is illogical. Nevertheless, there are suitable instruments in our system to reconstruct the norm and make it say what it must mean.
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Año:
2022
ISSN:
1989-4570
Antón Juárez, Isabel
Área de Derecho Internacional Privado - Universidad Carlos III de Madrid
Resumen
The purpose of this paper is the analysis of the CJEU resolution of September 9, 2021. In it, the CJEU clarifies three aspects related to articles 6 letter a) and 7 letter a) that the European Succes-sion Regulation does not specify. This ruling strengthens the mechanisms for the transfer of jurisdiction that the European Regulation provides in order for its guiding principle to be fulfilled and that is none other than the court that hears about the succession ends up deciding according to its own law.
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Año:
2022
ISSN:
1989-4570
Carrillo Pozo , Luis F.
Área de Derecho Internacional Privado - Universidad Carlos III de Madrid
Resumen
Cuando dos cónyuges residentes en el extranjero y sin nacionalidad común española presentan su demanda de divorcio consensual en España, existen instrumentos idóneos para que nuestros tribunales entren a conocer del asunto: El sistema autónomo español de competencia judicial internacional no impide los pactos de sumisión por el mero hecho de que se trate de una cuestión de Derecho de familia. Este es el error en el que incurre el auto comentado, en absoluto expresivo de una corriente consolidada o mayoritaria en la jurisprudencia patria.
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Año:
2022
ISSN:
1989-4570
Calvo Babío, Flora
Área de Derecho Internacional Privado - Universidad Carlos III de Madrid
Resumen
The objective of this study is to analyze the factual situation of the CJEU judgment of 19 November 2020, in order to examine whether there is, firstly, child abduction from the perspective of the 1980 Hague Convention on the Civil Aspects of International Child Abduction, and/or a child abduction offence, and, secondly, whether the wording of Article 235 (2.2) of the German Criminal Code regulating child abduction is indeed likely to restrict the right to free movement of EU citizens, or to constitute discrimination between German nationals and other EU nationals.
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Año:
2022
ISSN:
1989-4570
Alomar Martín, Carmen Dolores
Área de Derecho Internacional Privado - Universidad Carlos III de Madrid
Resumen
La alegación y prueba del Derecho extranjero ha dado lugar a una ingente cantidad de pronunciamientos por parte de nuestros juzgados y tribunales, así como a numerosas aportaciones doctrinales. Si bien, siguen suscitándose los mismos problemas, especialmente los relativos a la carga de la prueba y el papel que deben desempeñar los órganos jurisdiccionales en esta materia. En este trabajo se aborda la sentencia del Tribunal Supremo de 20 de julio de 2021, en la que se mantiene el carácter facultativo de la intervención de los órganos jurisdiccionales en la prueba del Derecho extranjero, al tiempo que nos ofrece unas consideraciones acerca de los medios probatorios, especialmente del informe pericial, que conducen casi inexorablemente a la aplicación de la lex fori.
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Año:
2022
ISSN:
1989-4570
Calvo Caravaca, Alfonso-Luis; Carrascosa González, Javier
Área de Derecho Internacional Privado - Universidad Carlos III de Madrid
Resumen
Bibliography
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Año:
2022
ISSN:
1989-4570
Ruiz Martin, Anna María
Área de Derecho Internacional Privado - Universidad Carlos III de Madrid
Resumen
En este Auto del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) catalán se concede el reconocimiento de un laudo arbitral extranjero dictado por el Tribunal Arbitral de Panamá en el año 2019, a favor de una empresa mejicana en contra de una empresa española, pero del que se alegaba que no se había declarado aún su firmeza ante los tribunales del país de la sede arbitral. La resolución es de especial interés por el recorrido que hace de las teorías jurisprudenciales consolidadas en la práctica al interpretar las causales de oposición existentes en la normativa internacional de aplicación al procedimiento de reconocimiento y ejecución de laudos arbitrales extranjeros, esto es, de la Convención de Nueva York de 1958. Las más destacadas son las relacionadas con el orden público, la falta de firmeza del laudo, excesiva e indebida injerencia de los árbitros en las materias que eran arbitrables o no y la indebida extensión del Convenio arbitral a terceros no signatarios. Mostrando la tendencia de los TSJ en conceder el reconocimiento de laudos arbitrales extranjeros en vez de denegarlo.
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