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Año: 2022
ISSN: 2528-7737, 1390-4272
Unemi, Editor
Universidad Estatal de Milagro
       
Año: 2022
ISSN: 2528-7737, 1390-4272
Unemi, Editor
Universidad Estatal de Milagro

Año: 2022
ISSN: 2528-7737, 1390-4272
Campaña Hurtado, Rodrigo Xavier; Galarza Castro, Christian Xavier
Universidad Estatal de Milagro
La problemática se da por cuanto en el Art. 86.1 de la Constitución, se hace mención a las garantías jurisdiccionales, mientras que el Art. 439 ibidem, se refiere a las acciones constitucionales, de esta manera, es importante verificar si las garantías jurisdiccionales entrarían en las acciones constitucionales, considerando que en la parte final del primer artículo citado amplía el término a “acciones previstas en la Constitución”. Así también se refiere en el Art. 86.1 ibidem, que cualquier persona puede proponer acciones previstas en la Constitución, mientras que el Art. 439 ibidem, restringe que las acciones constitucionales pueden ser presentados por cualquier “ciudadano o ciudadana”. El objetivo del presente trabajo se configura en: Determinar bajo parámetros objetivos la realidad del principio de igualdad formal en las personas extranjeras y el acceso a las acciones constitucionales. La metodología que se aplica al presente documento científico, se encausa en la aplicación de la interpretación sistemática de la norma, la cual se encuentra referida en el Art. 3.5 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional, así también se aplicará el método para las reglas de solución de antinomias, normado en el numeral 1 ibidem. En virtud del primer método enunciado, se interpretará la norma constitucional a partir del contexto general del texto normativo, para entender la coexistencia, correspondencia y armonía entre las mismas, siendo estos los indicadores que llevarán a la solución de la problemática planteada. Los resultados se orientan aclarar el panorama en los siguientes temas: La facultad de proponer acciones constitucionales por personas extranjeras y el principio de igualdad formal, como derecho constitucional.
Año: 2022
ISSN: 2528-7737, 1390-4272
Galarza, Christian; Campaña, Rodrigo
Universidad Estatal de Milagro
En el caso del cheque, en el ejercicio de la profesión se ha visto muchas argucias en quienes han girado este instrumento, como en el caso de que al firmar el documento suscriben firmas que no concuerdan con la suscrita en la cédula de identidad, esto con el fin de que el cheque se proteste por inconformidad de firma y no se pueda cobrar, esto configura el cargo de que la información contenida en el instrumento no sea verdadera. O se ha dado el caso que se postadata el cheque para que no pueda ser cobrado, lo que configura el cargo de que varíe su sentido de medio de pago a instrumento de crédito, todo esto se presume que se subsumiría en una falsedad ideológica de documento privado, lo cual se podrá verificar con el desarrollo jurisprudencial que se pretende analizar en el presente artículo. El objetivo del trabajo se configura en: Determinar bajo parámetros objetivos jurisprudenciales respecto de la falsedad en el cheque y la aplicación en el Código Orgánico Integral Penal. La metodología se enmarca en la investigación teórico – descriptiva de carácter documental, porque la dimensión práctica de la investigación se llevó a cabo un proceso de escudriñamiento, elección, organización, procesamiento de la información para analizar la falsedad en el cheque y la aplicación en el Código Orgánico Integral Penal. Los resultados se orientan aclarar el panorama en lo siguiente temas: La diferencia entre falsedad y falsificación, los tipos de falsedad, la alteración a la verdad y la prejudicialidad.
Año: 2022
ISSN: 2528-7737, 1390-4272
Puchachaqui, Cristina
Universidad Estatal de Milagro
In the case of the check, in the exercise of the profession many tricks have been seen in those who have drawn this instrument, as in the case that when signing the document they sign signatures that do not match the one signed on the identity card, this with In order for the check to be protested due to non-conformity of signature and cannot be cashed, this configures the charge that the information contained in the instrument is not true. Or it has been the case that the check is postdated so that it cannot be cashed, which configures the charge that its meaning varies from a means of payment to a credit instrument, all of this is presumed to be subsumed in an ideological falsity of document private, which can be verified with the jurisprudential development that is intended to be analyzed in this article. The objective of the work is configured in: Determine under objective jurisprudential parameters regarding the falsity in the check and the application in the Comprehensive Criminal Organic Code. The methodology is part of the theoretical-descriptive research of a documentary nature, because the practical dimension of the research carried out a process of scrutinizing, choosing, organizing, processing the information to analyze the falsity in the check and the application in the Comprehensive Criminal Organic Code. The results are oriented to clarify the panorama in the following topics: The difference between falsehood and falsification, the types of falsehood, the alteration of the truth and prejudice.
Año: 2022
ISSN: 2528-7737, 1390-4272
Acuña, Andrés
Universidad Estatal de Milagro
The present investigation focuses its efforts on the analysis of the Ecuadorian judgment No. 1967-14-EP/20, issued by the Constitutional Court of Ecuador, which specifically infers the application of the Toulmin Model as a predominant factor in the requirements that must contain the demands for Extraordinary Protection Action for their due admission to the highest body. The methodology used adheres to a theoretical-descriptive order of a documentary type, where the doctrinal bases used determine the structure of the document. Finally, to provide a practical dimension to the investigation, the proposal of the scheme that was carried out was carried out. It is proposed for the correct argumentation of the Extraordinary Protection Action in Ecuador, seeking to improve the exercise of legal professionals in Ecuador. In conclusion, the Toulmin Model is presented as logical but not traditional, and is recognized as a more practical, operational or applied procedure in which jurisprudence can be taken as an objective foundation, leaving aside the conventional mathematical essence. Keywords: Admissibility, Extraordinary Protection Action, Constitutional Court of Ecuador, Toulmin Model, Judgment No. 1967-14-EP/20
Año: 2022
ISSN: 2528-7737, 1390-4272
Alcázar Espinoza, Javier Alexander
Universidad Estatal de Milagro

Año: 2022
ISSN: 2528-7737, 1390-4272
Unemi, Editor
Universidad Estatal de Milagro
Revista impresa
Año: 2022
ISSN: 2528-7737, 1390-4272
Unemi, Editor
Universidad Estatal de Milagro
Comité científico
Año: 2022
ISSN: 2528-7737, 1390-4272
Unemi, Editor
Universidad Estatal de Milagro
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